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Agua y electricidad son servicios básicos esenciales para las viviendas, reitera TC

Agua y electricidad son servicios básicos esenciales para las viviendas, reitera TC
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Panorama Nacional. El Tribunal Constitucional (TC) decidió en una reciente sentencia que, además del agua y la electricidad, el servicio de gas licuado de petróleo (GLP) es una prestación básica y esencial para las viviendas.

En la sentencia TC/0512/25 en la que dictó un fallo sobre un conflicto particular recordó que en la sentencia TC/0372/16 determinó que tanto la energía eléctrica como el acceso al agua potable son servicios básicos esenciales en razón de que en la actualidad éste tiene una fuerte influencia sobre la calidad de vida de las personas.

Minerd y Mescyt

Destacó que a lo largo de su jurisprudencia constitucional ha reconocido varios servicios domésticos como esenciales para las viviendas.

«En consonancia con lo anterior, de manera reciente este colegiado determinó en la Sentencia TC/0813/24 que el servicio de gas licuado de petróleo (GLP) es una prestación básica y esencial para las viviendas, luego de comprobar que limitar el acceso de un condómine para que no instale cilindros de gas en el área correspondiente a su apartamento afecta el acceso continuo y suficiente a este tipo de servicios básicos esenciales», indicó.

El Tribunal Constitucional defiende sus decisiones más controversiales

Las consideraciones del TC están contempladas en la reciente sentencia TC/0512/25 sobre un recurso de revisión constitucional presentado ante ese tribunal en el que la administración de un condominio del Distrito Nacional le pedía que establezca una postura clara respecto a si el servicio de GLP es un servicio público, privado o básico para la vida.

En la sentencia, el TC también indicó que «ha dicho que los servicios básicos esenciales para las viviendas (como el agua, la electricidad y el GLP) deben ser tutelados por el juez de amparo cuando su suspensión sea arbitraria e ilegal, debido a que estos servicios están profundamente relacionados con la dignidad humana, el derecho a la salud, la seguridad alimentaria y, esencialmente, el derecho a tener una vivienda en condiciones de dignidad».

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