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SCJ rechaza recursos en caso CORDE y admite querella de Bienes Nacionales contra exfuncionarios y empresas

Suprema Corte de Justicia
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Panorama Judicial._ La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió un fallo en el que rechazó los recursos de casación interpuestos por varias partes, incluyendo la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), víctimas constituidas en actores civiles y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), contra la resolución penal núm. 501-2023-SRES-00449 dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 27 de diciembre de 2023.

Sin embargo, el alto tribunal declaró parcialmente con lugar el recurso presentado por la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), representada por la Dirección General de Bienes Nacionales, revocando parte de la decisión recurrida y modificando algunos de sus ordinales.

En consecuencia, la SCJ admitió la querella y acusación alternativa con constitución en actor civil presentada por CORDE en marzo de 2021, contra los exfuncionarios Leoncio Almánzar Objío, Irving José Cruz Crespo, Manuel Joaquín Aybar Ferrando, Carlos Aris Gómez Williams, Julio César Gómez Williams, Juana Ynés Gómez Williams y Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, así como contra la señora Lisetel González Sánchez y las empresas Inversiones Fernández Parache (INFEPA), Proyecciones Inmobiliarias Gowi, Soluciones Electrónicas Sidenet y Tekknowlogic Dominicana, S. R. L.

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La alta corte también admitió los elementos de prueba ofertados por CORDE y validó la calificación jurídica establecida en el fundamento 143 de la sentencia, ordenando que todo sea remitido al Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, encargado de conocer el juicio de fondo.

El fallo, firmado digitalmente por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco, confirma además otros aspectos de la resolución impugnada y dispuso que las costas sigan la suerte del juicio principal.

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