Panorama Justicia. En el actual contexto jurídico que vive la República Dominicana, que se encuentra a menos de un mes de la entrada en vigencia de un nuevo y controvertido Código Penal, una de las propuestas que han planteado juristas y legisladores es la ampliación del vacatio legis para poder realizar modificaciones antes de la entrada en vigencia de la pieza.
Pero ¿qué significa esto?
El vacatio legis es el período que transcurre entre la publicación de una norma y su entrada en vigor. En este caso, es el lapso que ha pasado desde el 3 de agosto de 2025, cuando el presidente Luis Abinader promulgó la Ley 74-25, y que terminará al cumplirse los 12 meses, el próximo 3 de agosto de 2026.
Es decir, si el vacatio legis del nuevo Código Penal fuera extendido, la normativa no entraría en vigencia el próximo mes, como se tiene previsto, sino que se aplicaría una vez se introduzcan los cambios que solicitan diversos sectores de la sociedad civil, quienes mantienen un acalorado debate jurídico, político y social sobre las posibles presiones que ejercerá la ley en la ciudadanía.
Aunque el nuevo Código Penal de la República Dominicana introduce avances significativos, su amplio catálogo de delitos ha recibido cuestionamientos y denuncias de inconstitucionalidad, principalmente por sus artículos 123, 136, 208, 209, 317 y 328.
Estos apartados se refieren al patrimonio de los funcionarios públicos, la difamación e injuria, la violación sexual en la pareja, la exclusión de las tres causales y la disciplina familiar.