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La Justicia Tributaria: reflexiones sobre la propuesta de aumento de la Contribución de Salida (C20)

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Por Yorlin Vásquez

Panorama Opinión. La justicia no consiste simplemente en trasladar la tarifa de los 10 dólares de un concepto a otro dentro de un mismo ticket; radica en la decisión de no imponer dicha carga. En el presente escrito, abordaremos la propuesta de aumento de la Contribución de Salida (C20) contemplada en el anteproyecto de Ley de Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, presentada como una alternativa de recaudación ante la reciente declaración de inconstitucionalidad del cobro de la Tarjeta de Turista (TT).

El 27 de octubre de 2023, mediante la sentencia TC/1003/23, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el cobro de la Tarjeta de Turista a los ciudadanos dominicanos. La Corte argumentó que, conforme al principio de legalidad, no se trata de que existan mecanismos de reembolsos sino de que esta tarifa no podía ser exigida ni cobrada a los dominicanos, dado que su diseño estaba destinado exclusivamente a los extranjeros, quienes deberían ser los únicos contribuyentes de tal impuesto.

Esta decisión otorgó a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) un plazo de dos años para resolver el asunto y cesar con el cobro. A pesar de los esfuerzos conjuntos del Estado y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) para ajustar los sistemas de compra y reserva de boletos aéreos, se demostró insostenible la segregación del cobro de la TT según la nacionalidad de los pasajeros.

Se exploraron diversas alternativas a la percepción de la TT en el ticket, tales como el cobro en mostradores físicos en aeropuertos y puertos, enlaces de pago en el formulario migratorio e-tiket, y la reportería de pasajeros abordados y efectivamente llegados por parte de las aerolíneas. Sin embargo, estas opciones enfrentaron retos significativos en términos de costos y viabilidad administrativa.

En este contexto, nace la propuesta de la derogación de la Tarjeta de Turista y un aumento del Impuesto de Salida a de 20 a 30 dólares, establecido en la Ley 2-04, y que es aplicable a todas las personas que abandonan el país, sin distinción de nacionalidad. Tal medida permitiría eliminar la TT sin comprometer los ingresos fiscales. Sin embargo, esta propuesta fue desestimada al considerarse superflua y engañosa, ya que los 10 dólares se trasladarían a otro concepto dentro del ticket, manteniendo la carga tributaria en su totalidad.

Recientemente, el Proyecto de Ley de Medidas de Procrecimiento Económico y Simplificación Fiscal propone un aumento de la contribución de salida a 30 dólares, lo que en esencia compensa la desaparición de la TT que deberá dejar de cobrarse aproximadamente en diciembre de 2026 (partiendo de la fecha de notificación), en virtud del vencimiento del plazo establecido por el Tribunal.

Aunque esta propuesta cumpliría con la legalidad, alteraría el enfoque de la búsqueda de justicia tributaria. Es fundamental resaltar que la perseverancia en cobrar los 10 dólares puede interpretarse como que el objetivo nunca ha sido gravar a los turistas, sino que la intención subyacente es que sean los dominicanos quienes asuman esta carga. En este sentido, es esencial reflexionar sobre la justicia en la aplicación de las leyes fiscales y su impacto en la población local pues el mensaje trasmitido puede no corresponderse con la bondad de la intención.

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