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Justicia Sin Fronteras lleva al TSE recurso contra prohibición de encuestas de la JCE fuera de precampaña

Jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE)
Jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE)
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Panorama Nacional._ La organización sin fines de lucro Justicia Sin Fronteras acudió al Tribunal Superior Electoral (TSE) para solicitar medidas cautelares de extrema urgencia contra una resolución de la Junta Central Electoral (JCE). La acción busca frenar la disposición que limita la difusión de encuestas electorales fuera del período formal de precampaña.

La entidad solicita específicamente la suspensión provisional del artículo décimo tercero de la Resolución 14-2026, que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de sondeos. Alega que dicha norma establece una prohibición general que no estaría contemplada en la Ley 20-23 sobre Régimen Electoral.

El recurso fue interpuesto por el abogado Harrison Féliz en representación de Justicia Sin Fronteras, Inc., quien sostiene que la medida vulnera derechos fundamentales. Entre ellos cita la libertad de expresión, el derecho a la información política y el pluralismo democrático.

María Teresa Cabrera, presidenta de Frente Amplio

Los accionantes advierten que la aplicación del reglamento podría generar autocensura en medios de comunicación, analistas y firmas encuestadoras. Señalan además que esto afectaría el debate público y el flujo de información política en el país.

En su instancia, la organización invoca el principio de periculum in mora, al advertir riesgo de daños irreparables mientras se decide el fondo del caso. También argumenta fumus boni iuris, al considerar que la JCE habría excedido su potestad reglamentaria al imponer restricciones no previstas en la ley.

Justicia Sin Fronteras solicita al TSE suspender de forma inmediata el artículo impugnado y prohibir sanciones derivadas de su aplicación hasta que exista una sentencia definitiva. La organización sostiene que la competencia del tribunal está sustentada en la Ley 20-23, que faculta al TSE a conocer actos administrativos de contenido electoral.

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