Política

Excandidato a senador del PRM enfrenta intimación y puesta en mora

Wenceslao Frías
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Panorama político. El excandidato a senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia de Samaná Wenceslao Ramón Frías, fue intimado y puesto en mora por presunta estafa y lavado de activos.

Una fuente de entero crédito dijo a Panorama, que el político Wenceslao Frías fue notificado por un acto de compra y venta de inmueble de fecha 15 de julio de 2015, notariado por la doctora Reyna Núñez Batista, correspondiente a la compra de una porción de terreno de 628.86 mt2, dentro de la parcela No. 3784, del distrito catastral No. 07, del municipio de Santa Bárbara, de Samaná, propiedad que supuestamente no ha sido entregada a manos del comprador.

En ese sentido, Wenceslao Ramón Frías fue puesto en mora y notificado mediante acto de alguacil para que, en un plazo de cinco días franco, a partir del 12 de septiembre, proceda a cumplir con el acto de venta antes mencionado y entregue la referida porción de terreno a su legítimo propietario.

Acciona

según la información suministrada a este medio, vencido el plazo, de no obtemperar el llamado, la parte afectada procederá a exigir a Frías, a través de la vía judicial correspondiente, por constituirse en diferentes delitos, entre ellos: La Estafa y el enriquecimiento ilícito.

El artículo 405 del Código Penal Dominicano destaca que “son reos de estafa, y como tales incurren en las penas de prisión correccional de seis meses a dos años, los que, valiéndose de nombres y calidades supuestas o empleando manejos fraudulentos, den por cierta la existencia de empresas falsas, de créditos imaginarios, o de poderes que no tienen, con el fin de estafar el todo o parte de capitales ajenos, haciendo o intentando hacer, que se les entreguen o remitan fondos, billetes de banco o del tesoro, y cualesquier otro efecto público, muebles, obligaciones que contengan promesas, disposiciones, finiquitos o descargos.

En tanto que la Ley 155-17 sobre lavado de activos y el financiamiento de terrorismo, en su artículo 4, precisa que, incurre en infracción penal asociada al lavado de activos, la persona física que preste su nombre para adquirir activos o bienes producto de una infracción grave y advierte que las infracciones tipificadas en esta Ley, serán sancionada con una pena de tres a seis años de prisión, con una multa de cien a doscientos salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o bienes ilícitos, instrumentos y derechos sobre ellos.

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