Panorama Justicia. Un juez del Distrito Nacional impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a un hombre procesado por incurrir en hechos de violencia de género contra su expareja.
Luis Enrique Evertz Marin fue arrestado en el Distrito Nacional el pasado miércoles luego de una labor de inteligencia, vigilancia y seguimiento que incluyó varios allanamientos y operativos realizados en distintos puntos del Distrito Nacional y la región este del país, incluyendo Juan Dolio, en la provincia San Pedro de Macorís.
La fiscal de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), bajo la dirección de la fiscal Andry De Los Santos, ejecutó la operación junto con el Departamento Operativo II de la Unidad Central de Búsqueda y Captura de Prófugos, Rebeldes y condenados de la Policía Nacional.
Durante la investigación se ha establecido que el imputado incurrió en actos de violencia verbal y psicológica contra la víctima, mediante expresiones ofensivas, denigrantes y conductas recurrentes de agresión emocional.
Como parte del proceso investigativo, y a solicitud del Ministerio Público, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional emitió en este caso la Orden de Arresto No. 0132-MARZO-2026, de fecha 17 de marzo de 2026, así como la Orden de Allanamiento No. 0011-MAYO-2026.
El caso ha recibido la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 309-1, 309-2 y 309-3, literales C, D y E, del Código Penal Dominicano.
El Ministerio Público, a través de la Dirección Nacional contra la Violencia de Género, la Ucaprec y la Fiscalía del Distrito Nacional, procedió con los trámites correspondientes para su sometimiento a la justicia.
El juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, dispuso el cumplimiento de la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra. Además, fijó para el próximo 10 de septiembre la revisión obligatoria de la medida.
Dada la gravedad del caso, para salvaguardar la integridad física y psicológica de la víctima y debido a que el imputado no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento, porque no cuenta con arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga, el Ministerio Público consideró pertinente la imposición de la medida privativa de libertad.
Contra Evertz Marin fue emitida la Sentencia Penal No. 249-05-2021-SSEN-00291, mediante la cual se dispuso la suspensión de la pena en un proceso judicial previo por hechos ocurridos en el año 2021.
Según los antecedentes del caso, en ese proceso el imputado fue acusado de intentar lanzar a su entonces pareja desde un balcón con la intención de causarle la muerte, hecho que evidencia un patrón de conducta violenta que había sido previamente judicializado.