Actualidad Justicia

Desde 1996 catorce personas han sido condenadas a 30 años, pero solo uno ha cumplido

Condenas (Ilustración Panorama).
Condenas (Ilustración Panorama).
COMPARTIR


Panorama Justicia. Con el fin de la condena de Mario José Redondo Llenas el pasado 5 de mayo, sentenciado a 30 años de cárcel en 1996 por el asesinato de su primo José Rafael Llenas Aybar, surgieron muchas incógnitas, pero destaca una pregunta: ¿Es Redondo Llenas el único privado de libertad en la República Dominicana en cumplir esta pena en su totalidad?

Según datos de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC), desde mediados de los años 90, catorce personas han sido sentenciadas a 30 años de cárcel, pero solo Redondo Llenas ha permanecido tres décadas completas en reclusión.

Trajano habla sobre entrevista a Mario Redondo.

El resto de los condenados a, la que hasta 2016 fue la pena máxima, por la comisión de delitos como homicidio con agravantes e incendio en lugar habitado, tipificados principalmente en los artículos 295, 296, 297, 298, 304 y 434 del Código Procesal Penal, estuvieron tras las rejas entre 21 y 28 años, tras ser favorecidos con la libertad condicional que otorga la ley.

Iniciando con Raulin Guzmán Cruz y Santo Almonte Fortuna, quienes estuvieron en reclusión durante 28 años tras ser condenados por homicidio en 1998.

A Guzmán Cruz y Almonte Fortuna les siguen Luis Alberto Batista Polanco y Eddy Antonio García García, quienes estuvieron 27 años en los centros correccionales del KM 15 de Azua y Rafey Hombres, respectivamente, tras ser hallados culpables de homicidio en junio y diciembre de 1999.

La Dirección de Servicios Penitenciarios detalla que Odalis Ramírez Peña y Tony Trinidad Méndez, también condenados a 30 años por homicidio, estuvieron en reclusión un total de 26 años en los centros de San Juan y Nagua.

Por 25 años estuvieron encarcelados en el centro Rafey Hombres Virgilio Antonio Rodríguez y Juan Lirino Linares, condenados en 2001 por hechos separados.

De su lado, los exconvictos Jorge Antonio Pérez Vicente y Manuel Santana Jiménez estuvieron en prisión por 24 años en las cárceles de Baní y Cucama, La Romana.

Asimismo, Américo Peña Geraldo y Ramón Rijo Vivene estuvieron 23 años en reclusión, mientras que Tomás Valdez Menéndez estuvo 21 años en el centro de San Juan.

Un aspecto interesante en los datos de la DGSPC es que el listado solo incluye hombres, es decir, en 30 años, ninguna mujer figura con una pena de tres décadas.

Asimismo, el grupo salió de prisión siendo relativamente jóvenes: seis con edades entre los 44 y 49 años; otros seis entre los 50 y 58; y dos de 63 y 69 años.

5,300 reclusos cumplen penas superiores a 20 años

En la actualidad unos 5,349 privados de libertad con penas de 20, 25, 30 y hasta 40 años permanecen en reclusión, según los datos premilinares de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC).

1,752 de estos condenados están distribuidos en centros de la región Norte; 1,459 en el Sur; 724 en el Este; y 1,414 en el Distrito Nacional.

La entidad precisó que reclusos que recibieron las penas más altas fueron procesados por homicidio con agravantes y terrorismo.

Libertad condicional

En noviembre de 2013, con poco más de la mitad de la condena cumplida, Redondo Llenas, intentó conseguir su libertad condicional, como lo establece la Ley No. 164-80, que otorga este beneficio a los reclusos condenados a una pena privativa de libertad que se encuentren aptos para vivir en sociedad. No se trata de una libertad plena, ya que la libertad condicional no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que constituye un modo especial para cumplirla.

Sin embargo, el Tribunal de la Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís negó esta solicitud, acogiendo la petición del abogado de la familia Llenas Aybar, por lo que el imputado debió completar los 13 años restantes de la sanción.

Aunque algunos puedan ver el hecho de que los reos no cumplan sus condenas completas como una debilidad del sistema penitenciario, el abogado Manuel Mateo Calderón, explicó que, por el contrario, es cuando la sentencia se culmina en su totalidad que hay un problema, ya que esto significa que los programas del centro han fallado y evitado que “esta persona que se beneficie de libertad condicional o del sistema medio libre”.

El jurista subrayó que el propósito del sistema penitenciario es implementar en las cárceles programas de reinserción social, que otorguen a los reos la posibilidad de estar en las calles.

“Esa persona puede estar ya en condiciones de volver a la sociedad sin volverla afectar”, sostuvo.

Sin embargo, Mateo Calderón, señaló que, en el caso de Redondo Llenas, quien sí cumplió la totalidad de la sentencia, el sistema no falló sino “se trató de un caso sui géneris (único en su caso) donde la sociedad se vio muy lacerada y que, incluso, hoy en día la sociedad se siente lastimada”.

“Poco importó que este ciudadano, haya estudiado, incluso, dos carreras de grado, haya recibido todos los tratamientos posibles en términos psicológicos y haya demostrado realmente una reinserción social, sin embargo, las autoridades entendieron que volver a la sociedad era una especie de afrenta por los daños que se ocasionaron”, continuó el abogado, quien insistió en que lo ideal es que una persona no cumpla la totalidad de la pena.

La condena social

Ante crímenes como el de Llenas Aybar, quien fue hallado en el Arroyo Lebrón con sus extremidades atadas y 34 puñaladas, el dolor se cuela en las grietas de la sociedad como si de su propia sangre se tratara. Y tres décadas después, el país sigue condenado a su victimario, como si el tiempo recluido no hubiera sido suficiente.

Una herencia que legan a nuevas generaciones que, nacieron después de la muerte del niño de 12 años, pero que no perdonan ese acto cruel que le sigue doliendo a todo un país, pero ¿Por qué ocurre esto?

Trajano Vidal Potentini, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).

El psicólogo Luis Vergés explicó que varios factores influyen en esta cadena de resentimiento, destacando que la edad de la víctima y su grado de indefensión, provocan mayor empatía en las masas.

“El colectivo sigue sin perdonarlo por la sencilla razón de que en los años que ocurrió ese hecho, nosotros no habíamos tenido una normalización de la violencia como muchos sectores y actores la tienen hoy. Un acto criminal como ese involucró muchas premisas, premisas que se violaron desde el punto de vista de la ruptura con la capacidad de asombro de nuestra sociedad entonces”, detalló Vergés.

En ese sentido el psicólogo clínico añadió: “A eso agregarle los actores que estuvieron involucrados, por un lado tenían alguna familiaridad, algún vínculo importante, por otro lado estaba la parte de que hubo un niño que en este caso tenía un grado de indefensión muy grande, eso provocó la sensibilidad colectiva porque mientras más indefensa es la persona, mayor es el nivel de empatía con las víctimas y agregarle también la intensidad y el horror del crimen cometido, o sea que fue algo con un ensañamiento muy grande que desbordó por completo la capacidad humana de poder procesar esa experiencia”.

Vergés describe esto como “trauma vicario”, indicando que “son como esos síntomas que a uno le quedan, donde sin conocer la persona afectada de manera directa, pues se sobreviven esos malos recuerdos”.

Señaló que, con la liberación de Redondo Llenas el pasado 5 de mayo, la sociedad despertó un dolor muy parecido al que se vivió cuando ocurrió el crimen hace 30 años.

Asimismo, Vergés detalló que este resentimiento se extiende incluso a los nacidos después de la muerte de Llenas Aybar debido a que el mensaje fue transmitido de generación en generación.

“Fíjate que nosotros no vivimos la era de Trujillo, sin embargo, reaccionamos ante lo que pasó ahí, por lo que nos cuentan nuestros padres, el sufrimiento de nuestros abuelos y demás, eso pasa cuando la integridad del cerebro humano se ve afectada por experiencias de horror, experiencias traumáticas, de hecho, la palabra trauma significa eso, una desintegración de la capacidad humana para funcionar de manera integral, debido a la disociación que se produce cuando un evento irrumpe de una manera tan violenta, haciendo colapsar todas las premisas que nosotros tenemos aprendidas en términos de seguridad, de confianza, de garantía, del respeto a la vida, a los derechos fundamentales”, continuó el psicólogo.

Vergés afirmó que no es necesario ser la víctima directa de un crimen para sufrirlo, sino que los relatos de quien lo haya padecido, bastan para transmitir los mismos sentimientos de repudio, dolor o indignación.

“No hay que ser testigo directo para uno sufrirlo, sino más bien estar cerca de alguien que lo haya sufrido y que esa persona, bien sea como espectador o como familiar, pueda transmitirnos ese proceso tan doloroso y que en este caso se trata nada más y nada menos que de niños, un niño indefenso que no tuvo ninguna carta a su favor, ninguna posibilidad de defenderse ante la forma tan violenta y criminal como fue asesinado”, concluyó.

© 2026 Panorama
To top