Opinión

Derecho Internacional Público y la Reconfiguración del Tablero Global

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​Por: Marcos Dominici B.

Panorma Opinión. ​El orden internacional contemporáneo atraviesa su transformación más profunda desde el fin de la Guerra Fría.

Para quienes analizamos el Derecho Internacional Público, es evidente que las estructuras normativas nacidas a mediados del siglo XX —diseñadas bajo un esquema de multilateralismo tradicional— hoy se enfrentan al desafío de regular una realidad marcada por la competencia entre superpotencias, la hiperconcentración de la riqueza y la emergencia de nuevos bloques de poder.

​Asistimos a una transición global donde el eje de la geopolítica no se define por las viejas líneas ideológicas de izquierda o derecha, sino por una compleja puja entre la preservación del statu quo y la demanda de un orden multipolar.

En el centro de este escenario se encuentran Estados Unidos y China, cuyas interacciones no solo moldean el comercio global, sino que redefinen conceptos fundamentales como la soberanía, la jurisdicción y las esferas de influencia.

Como bien señala el académico británico Malcolm Shaw en su tratado fundamental, el derecho internacional no puede aislarse de las realidades políticas del mundo en que opera; es, por definición, un reflejo de los cambios en el equilibrio de poder global.

​La tensión entre el unilateralismo pragmático y el multilateralismo difuso

​Desde una perspectiva estrictamente jurídica, el comportamiento de los actores clave en esta coyuntura revela una dualidad compleja.

Por un lado, la arquitectura institucional de las Naciones Unidas y los tratados de solución pacífica de controversias siguen siendo el foro formal de discusión.

Por otro lado, la práctica estatal de las grandes potencias tiende cada vez más hacia el uso de mecanismos híbridos: sanciones unilaterales, acuerdos bilaterales de seguridad y la creación de marcos normativos paralelos que desafían el alcance del multilateralismo clásico.

​La estrategia de Washington ha evolucionado hacia la consolidación de alianzas regionales selectivas y la protección de sus cadenas de valor infraestructurales y tecnológicas, priorizando la estabilidad de sus zonas de influencia bajo un estricto criterio de seguridad nacional.

En contraposición, Pekín avanza mediante una diplomacia económica expansiva —simbolizada en megaproyectos de conectividad global— y el fortalecimiento de bloques alternos como los BRICS, promoviendo una visión de gobernanza que busca diversificar los centros de decisión financiera y política.

​Este choque de visiones genera una creciente fragmentación de la norma internacional.

No se trata de una ausencia de reglas, sino de la coexistencia de múltiples marcos regulatorios compitiendo por la primacía en áreas críticas como el ciberespacio, la inteligencia artificial y los derechos de explotación energética.

En este sentido, la Corte Internacional de Justicia ha recordado consistentemente en su jurisprudencia que el cumplimiento de las obligaciones internacionales y el principio de buena fe constituyen el pilar insustituible para evitar que la coexistencia soberana de los Estados degenere en un conflicto de fuerza.

​Los actores emergentes y la soberanía funcional

​En esta reconfiguración, el error metodológico más común es analizar la coyuntura como un juego de suma cero exclusivo entre dos capitales.

El tablero actual se caracteriza por la relevancia de actores medianos y bloques regionales que rechazan la alineación automática.

​India, la Unión Europea, las potencias del Golfo Pérsico y el denominado Sur Global juegan hoy un rol pendular.

Estos actores utilizan el Derecho Internacional como un escudo para preservar su autonomía, negociando de manera pragmática con ambos bloques según sus intereses nacionales.

La soberanía ya no se entiende únicamente como la defensa del territorio, sino como la capacidad de gestionar de manera independiente la conectividad, los recursos estratégicos y las alianzas tecnológicas.

​El desafío normativo: Eficacia frente a Retórica

​El principal dilema del Derecho Internacional Público en este siglo es la brecha entre su narrativa aspiracional y su eficacia real.

Los grandes tratados internacionales sobre el clima, el comercio o el derecho del mar sufren constantes tensiones cuando chocan con los intereses vitales de los Estados soberanos.

Además, la creciente disparidad socioeconómica global y el descontento de las poblaciones ante la falta de resultados tangibles de las instituciones tradicionales actúan como catalizadores para el surgimiento de discursos pragmáticos y soluciones de fuerza.

​Frente a este panorama, el Derecho Internacional Público no debe ser visto como un sistema estático de prohibiciones, sino como un proceso dinámico de negociación continua.

El éxito de la estabilidad global no dependerá de la imposición de una visión unilateral ni del aislamiento de los competidores estratégicos, sino de la capacidad de articular canales de comunicación institucionalizados que permitan gestionar la inevitable competencia entre potencias sin derivar en una ruptura del orden jurídico internacional.

​Para los Estados insulares y las economías en desarrollo, el fortalecimiento de la diplomacia preventiva, el apego estricto a las convenciones vigentes y la comprensión analítica de estos movimientos tectónicos son las únicas herramientas viables para navegar con éxito las aguas de la nueva geopolítica mundial.

El autor es especialista en comunicación estratégica, analista internacional y presidente de Diplomacia en Acción RD.

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