Panorama Judicial. – La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dejó sin efecto este lunes, la audiencia de revisión obligatoria de la medida de coerción impuesta al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de solicitar un soborno a una persona bajo investigación y recibir US$10,000 mediante una entrega controlada.
El tribunal acogió el pedimento del Ministerio Público y fijó para el 3 de septiembre la nueva fecha para revisar la prisión preventiva que cumple el imputado, tras considerar que el plazo de revisión debe computarse nuevamente desde la decisión emitida el pasado 3 de junio por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que ratificó la medida.
El director general de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, explicó que la decisión se fundamenta en el párrafo tercero del artículo 243 del Código Procesal Penal.
«El Ministerio Público planteó que no procedía revisar la medida de coerción en el día de hoy, como consecuencia del recurso que recientemente conoció la Suprema Corte de Justicia, el día 3 de junio», indicó.
Camacho explicó que, conforme a la legislación, cuando una medida de coerción es objeto de apelación o revisión, el plazo para su revisión obligatoria comienza a contarse nuevamente desde la fecha de la decisión del tribunal superior.
«Esa fecha corresponde al 3 de septiembre, como planteamos al tribunal, y el tribunal acogió el pedimento del Ministerio Público, dejó sin efecto la audiencia y fijó la revisión para el próximo 3 de septiembre», afirmó.
Asimismo, señaló que la prisión preventiva continúa vigente y rechazó los argumentos de la defensa respecto a la supuesta falta de arraigo del imputado.
«Tanto el tribunal que impuso la medida de coerción como cuatro jueces de la Suprema Corte de Justicia opinan contrario a lo que ha establecido la defensa de que no existe arraigo suficiente, y por eso se ha impuesto la medida de coerción de prisión preventiva», sostuvo.
La jueza Nancy Joaquín, integrante de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fundamentó su decisión en que la medida de coerción ya había sido confirmada el pasado 3 de junio por la Suprema Corte de Justicia, tal como expuso durante la audiencia el fiscal Eduardo Velázquez.
Valdez Alcántara permanece recluido desde mayo en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, donde cumple tres meses de prisión preventiva impuesta por la jueza Ysis Muñiz, del Juzgado de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
El Ministerio Público acusa al fiscal de violar varios artículos del Código Penal dominicano y de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Según el expediente, el imputado habría exigido inicialmente US$200,000 a una persona investigada para favorecerla en un proceso judicial. Posteriormente redujo la suma a US$150,000, y durante las negociaciones también manifestó interés en recibir un reloj marca Rolex y un vehículo Mercedes-Benz como parte del presunto soborno. La investigación establece que finalmente recibió US$10,000 durante una entrega controlada organizada por las autoridades, hecho que dio origen a su arresto y posterior sometimiento a la justicia.