Panorama Nacional. A raíz de una investigación de Medios Panorama acerca del sistema penitenciario dominicano, surgieron datos importantes reflejados en cambios y opiniones que muestran y dicen los privados de libertad, además reglas que manda la Constitución en torno a la reclusión.
La Constitución dominicana en su artículo 40, numeral 16, establece que la finalidad de la reclusión de la pena es la reeducación para la reinserción de la persona que estuvo en conflicto con la ley.
Según se pudo constatar con algunas presas, se está haciendo el trabajo que dispone la Carta Magna para lograr la reinserción social a las personas que están cumpliendo condenas por diferentes tipos de delitos.
Testimonio.
“Yo llegué a este lugar estando en elevación. No sabía cómo era el mundo real, yo tenía mi vida descontrolada, actuaba de manera inconductual y tenía desconocimiento de Dios. Pude descubrir mi mala conducta a los dos años de estar aquí que fui traslada a un lugar por mala conducta; la directora poco a poco fue hablando conmigo y me fue dando la oportunidad de que recibiera el tratamiento del centro y lo que no habían podido lograr mis familiares conmigo, ellos lo lograron aquí”, relata a este medio otra privada de libertad.
De acuerdo a cifras actualizadas, el sistema penitenciario del país cuenta con una población de 26,003 personas privadas de libertad, de estas 671 son femeninas y 1,796 extranjeros.
La reintegración a la sociedad de una persona que ha permanecido durante años en una cárcel cumpliendo una condena, representa un verdadero desafío, en especial cuando se trata de ciudadanos que han cometido los más espeluznantes delitos.