Panorama Judicial. – La jueza Yiberty Polanco Herrán, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Valverde, dictó tres meses de prisión preventiva contra Máximo Mendoza, acusado de falsificar registros de defunción con información falsa en unidades médicas y oficialías del Estado Civil de la Junta Central Electoral (JCE).
La medida deberá cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Mao. El tribunal declaró el caso complejo y otorgó al Ministerio Público un plazo de ocho meses para la presentación del acto conclusivo.
De acuerdo con las investigaciones, los hechos ocurrieron entre diciembre de 2024 y junio de 2025. Mendoza se presuntamente se dedicaba a la falsificación y uso fraudulento de documentos públicos, declarando muertas a personas vivas con el propósito de perjudicarlas por supuestas deudas económicas pendientes.
Hasta el momento, las autoridades han identificado seis víctimas, cinco de ellas con registros completados en el Ministerio de Salud Pública y posteriormente en la JCE, y una sexta asentada solo en Salud Pública.
El imputado buscaba aprovecharse de personas en situación de vulnerabilidad económica que solían obtener préstamos personales respaldados con beneficios sociales del Estado, consistentes en un subsidio mensual de RD$2,100.
Mendoza alegadamente ofrecía préstamos de entre RD$5,000 y RD$15,000, cobrando con las tarjetas de asistencia social retenidas.
En los casos en que no lograba recuperar el dinero, recurría a declarar falsamente el fallecimiento de las víctimas, presentándose en las Unidades de Atención Primaria (UNAP) de Mao y Esperanza como supuesto primo, tío o esposo.
El Ministerio Público explicó en una nota de prensa que los registros de defunción fraudulentos supuestamente fueron llenados por médicos en pasantía que no contaban con exequátur para ejercer la profesión.
“Mendoza utilizaba la estrategia de solicitar el servicio en distintos turnos, valiéndose de su capacidad para fingir estados de aflicción emocional y vulnerabilidad al momento de presentarse en los centros de salud”, puntualizó.
“Su conducta constituye una violación al Código Penal dominicano por el uso y alteración de documentos públicos, basado en información falsa. También una violación al artículo 208 de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil No. 4-23, que tipifica la falsedad”, precisó el órgano persecutor.