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La penalización de los nuevos delitos electrónicos

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Por: Ysaias J. Tamarez

Panorama Opinión. El Derecho Penal frente a los desafíos de la inteligencia artificial

Una voz clonada que solicita un rescate. Un video que nunca ocurrió, pero que millones consideran auténtico. Una imagen íntima generada mediante inteligencia artificial a partir de una fotografía publicada en una red social. Hasta hace poco, muchas de estas conductas provocaban un enorme daño personal, económico y reputacional, pero encontraban importantes limitaciones dentro del Derecho Penal tradicional. La realidad tecnológica avanzaba con mayor rapidez que la legislación. Esa situación comienza a cambiar con la  la Ley 74-25, que incorpora al Código Penal dominicano nuevas figuras destinadas a responder a los desafíos de la criminalidad digital del siglo XXI.

Durante más de ciento cuarenta años, el Código Penal dominicano permaneció sustentado sobre una realidad social completamente distinta a la actual. Fue concebido cuando no existían internet, los teléfonos inteligentes, las redes sociales ni la inteligencia artificial. Como consecuencia, numerosas conductas desarrolladas en el ciberespacio carecían de una regulación penal específica dentro del Código, aun cuando generaban graves afectaciones a los derechos fundamentales de las personas.

La reforma penal representa un importante paso hacia la modernización del sistema jurídico. Entre las principales innovaciones incorpora figuras como el ciberacoso, la utilización de ultrafalsos (deepfakes) con fines de chantaje, la difusión maliciosa de contenidos manipulados mediante inteligencia artificial, las estafas piramidales, determinadas modalidades de intermediación financiera no autorizada y otras conductas que responden a nuevas formas de criminalidad tecnológica. El legislador reconoce que el delito también ha migrado hacia los entornos digitales y que el Derecho Penal debe evolucionar para proteger eficazmente a la sociedad.

No obstante, resulta importante precisar que nuestro pais no partía de un vacío absoluto. Desde el año 2007, la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología estableció un marco jurídico para perseguir diversas conductas informáticas, incluyendo accesos ilícitos, fraudes electrónicos, sabotajes informáticos y otros delitos cometidos mediante tecnologías de la información. Incluso su redacción permitía abarcar contenidos reales o simulados, lo que facilitaba enfrentar determinadas manifestaciones que hoy asociamos con la inteligencia artificial. El nuevo Código Penal no sustituye esa legislación especial; la complementa, fortalece y consolida dentro del sistema penal común.

Sin embargo, la verdadera eficacia de la reforma dependerá menos de la tipificación de los delitos que de la capacidad institucional para investigarlos. La criminalidad digital presenta enormes desafíos probatorios. Determinar quién creó un contenido falso, identificar al responsable de un ataque informático o demostrar que una imagen fue generada artificialmente exige conocimientos altamente especializados. La persecución penal dependerá cada vez más de la informática forense, la evidencia digital, la cadena de custodia electrónica, la inteligencia artificial aplicada a la investigación y la cooperación internacional prevista en instrumentos como el Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia.

Paradójicamente, la misma inteligencia artificial utilizada para cometer delitos también se ha convertido en una poderosa herramienta para detectarlos. Hoy existen algoritmos capaces de identificar voces clonadas, reconocer imágenes manipuladas, autenticar documentos digitales y detectar patrones complejos de fraude financiero. Esto demuestra que la innovación tecnológica no solo fortalece a la delincuencia; también amplía significativamente las capacidades de investigación cuando las instituciones cuentan con los recursos humanos y tecnológicos adecuados.

En este contexto, la politica criminal aporta apenas el inicio de una nueva etapa. La ley proporciona herramientas modernas, pero serán los actores de todo el ecosistema quienes determinarán, mediante su interpretación y aplicación cotidiana, si estas normas logran responder eficazmente a la criminalidad tecnológica sin sacrificar los principios constitucionales que sustentan nuestro sistema.

La inteligencia artificial ha transformado profundamente la forma en que vivimos, trabajamos y nos comunicamos. Era inevitable que también transformara la delincuencia. Frente a esta nueva realidad, el Derecho Penal debía evolucionar para proteger bienes jurídicos que hace apenas unas décadas ni siquiera existían. La normativa constituye un avance importante en esa dirección, pero su verdadero éxito dependerá de la preparación técnica de las instituciones, de la cooperación internacional.

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