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JCE establece las reglas del juego para las firmas encuestadoras: busca transparencia y equidad entre los partidos políticos

JCE Reglamento Encuestas.
El reglamento apunta hacia la transparencia y equidad en los partidos políticos. (Panorama).
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Panorama Político. La Junta Central Electoral puso a circular su Reglamento de Encuestas Electorales este viernes para regular el proceso y la metodología de las firmas encuestadoras de la República Dominicana ya sea para medir el nivel de simpatías o posicionamiento de aspirantes, precandidaturas, candidaturas y organizaciones políticas en la sociedad o como método de selección interna de candidaturas a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, de cara a la campaña preelectoral y las elecciones de 2028.

Danilo Medina, expresidente

El nuevo reglamento de la JCE regula el registro de firmas encuestadoras y la difusión de sondeos de opinión con fines electorales, buscando garantizar la equidad y transparencia. 

Entre los fines electorales o los propósitos figuran los cuales una o varias firmas o empresas encuestadoras son contratadas o realizan motu proprio encuestas y sondeos, ya sea para medir el curso o tendencia de las votaciones el día de las elecciones o el nivel de simpatías o posicionamiento de aspirantes, precandidaturas, candidaturas y organizaciones políticas en la sociedad o, también, como método de selección interna de candidaturas en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

Entre sus principales normativas establecidas en el art. 3 resaltan la veda de publicación en la cual queda estrictamente prohibida la publicación y difusión de encuestas o sondeos de intención de voto fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña electoral.

Además, el registro obligatorio que contempla que solo las firmas o empresas encuestadoras debidamente registradas y habilitadas por la JCE pueden realizar y divulgar este tipo de estudios.

Asimismo, sobre la transparencia técnica explica que para publicar resultados, las empresas deben especificar datos clave de su metodología: tamaño de la muestra, margen de error, nivel de confianza, fechas de levantamiento y la entidad que patrocinó el estudio.

También, las encuestas de boca de urna deben notificarse con anticipación a la JCE y sus resultados solo pueden ser difundidos cuatro horas después del cierre oficial de las votaciones.

Dentro de las sanciones, la JCE estipula que para las empresas encuestadoras, medios de comunicación y partidos políticos que incumplan estas disposiciones se enfrentan a multas administrativas, suspensiones y cancelaciones de registro. 

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