Panorama Internacional. La Asamblea Nacional de Francia aprobó por unanimidad una reforma para eliminar la interpretación jurídica conocida como “deber conyugal”, con el objetivo de reforzar el principio de consentimiento dentro del matrimonio y actualizar el Código Civil a los estándares actuales de derechos individuales.
Aunque la legislación francesa no establecía de forma explícita una obligación sexual entre los cónyuges, durante años algunos tribunales interpretaron la “comunidad de vida” como un deber que incluía mantener relaciones íntimas. En ciertos casos, la ausencia de vida sexual fue utilizada como argumento en procesos de divorcio por incumplimiento de deberes matrimoniales.
La reforma introduce una redacción clara en el Código Civil para establecer que la convivencia entre esposos no implica obligación alguna de mantener relaciones sexuales. Con ello, se elimina la posibilidad de considerar la negativa a mantener relaciones íntimas como falta conyugal susceptible de sanción en un proceso de separación.
El debate legislativo cobró fuerza tras un pronunciamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que cuestionó decisiones judiciales francesas en esta materia y subrayó que el consentimiento no puede presumirse dentro del matrimonio.
Con este cambio, Francia avanza en la consolidación del consentimiento como principio central en las relaciones de pareja, en línea con una tendencia jurídica europea orientada a reforzar la autonomía y la protección de los derechos fundamentales dentro del ámbito familiar.