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Estos son los artículos del Código Penal que podrían ser modificados

Al menos diez artículos del nuevo Código Penal podrían ser objeto de modificaciones luego de que la Cámara de Diputados
Al menos diez artículos del nuevo Código Penal podrían ser objeto de modificaciones luego de que la Cámara de Diputados
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Panorama Nacional. Al menos diez artículos del nuevo Código Penal podrían ser objeto de modificaciones luego de que la Cámara de Diputados abriera un proceso para recibir observaciones de distintos sectores antes de la entrada en vigencia de la legislación.

Tras las críticas expresadas públicamente por representantes de los sectores salud, comunicación y otros grupos, se espera que las observaciones que sean presentadas se concentren en temas relacionados con la libertad de expresión, la responsabilidad médica, el delito de ultraje y la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Entre los cambios que podrían plantearse figuran modificaciones a los artículos 208 y 210, que tipifican la difamación y la injuria. Diversos sectores han manifestado que buscarán eliminar las penas de prisión para estos delitos y mantener únicamente sanciones económicas y la correspondiente reparación civil.

Asimismo, se ha planteado que cuando las expresiones se refieran a funcionarios públicos, candidatos o asuntos de interés público, solo exista responsabilidad penal si se demuestra que fueron difundidas con conocimiento de su falsedad o con manifiesto desprecio por la verdad.

Otro de los aspectos que podría incluirse en las observaciones es una modificación al artículo 209, para precisar que la difamación extorsiva solo se configure cuando exista la intención de obtener un beneficio indebido o ejercer presión ilegítima. También se ha planteado excluir de esa figura el ejercicio del periodismo, la crítica, las protestas pacíficas y las denuncias realizadas de buena fe.

En cuanto al artículo 212, representantes del sector comunicación han adelantado que propondrían limitar la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos contra el honor e impedir que estas infracciones sirvan de fundamento para cerrar medios de comunicación, revocar licencias, decomisar equipos o inhabilitar periodistas.

De igual forma, entre los planteamientos hechos públicos figura la posible derogación de los artículos 310 y 311, que regulan el delito de ultraje contra funcionarios o servidores públicos.

En el ámbito de la salud, el Colegio Médico Dominicano ha expresado que procurará modificaciones a los artículos 112, 114, 150 y 151, con el propósito de que la responsabilidad penal de médicos y centros de salud solo pueda configurarse cuando exista una falta grave e inexcusable en el ejercicio profesional.

Además, el gremio ha adelantado que buscará establecer que un resultado adverso durante un procedimiento médico no constituya, por sí solo, una conducta penal y que se excluyan de responsabilidad situaciones derivadas de complicaciones propias del procedimiento, la evolución de la enfermedad, deficiencias estructurales del sistema sanitario o actuaciones realizadas en contextos de emergencia, siempre que el profesional haya actuado con la diligencia exigida.

Las observaciones deberán ser evaluadas por la Cámara de Diputados una vez sean presentadas formalmente dentro del proceso de revisión abierto por el órgano legislativo.

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