Actualidad Entretenimiento

El Tribunal de Carolina no desestima demanda de Daddy Yankee contra exesposa y cuñada

El Tribunal de Carolina en Puerto Rico, dictaminó no ha lugar a la petición de desestimación de la demanda por US$ 250 millones que hizo el artista Daddy Yankee contra las hermanas Mireddys y Ayeicha González Castellanos, exesposa y excuñada del demandante.
Daddy Yankee a su salida del tribunal
COMPARTIR

Panorama Entretenimiento. El Tribunal de Carolina en Puerto Rico, dictaminó no ha lugar a la petición de desestimación de la demanda por US$ 250 millones que hizo el artista Daddy Yankee contra las hermanas Mireddys y Ayeicha González Castellanos, exesposa y excuñada del demandante.

El Ministerio Público

De acuerdo a los medios puertorriqueños, las hermanas González Castellanos habían solicitado la desestimación porque la demanda del cantante “no alega hechos suficientes para una reclamación de violación de deberes de fiducia o porque las mismas alegaciones destruyen la reclamación”.

Sin embargo, Ramón Luis Ayala Rodríguez, nombre del pila del cantante, se opuso a la solicitud en una moción en la que apuntó que las alegaciones son concretas y específicas “así como ante daños reales y sustanciales”.

En la moción, que consta de 21 páginas y que tiene fecha de este miércoles, el intérprete de “Gasolina” y “Dura”, a través de su representación legal, defendió su nombre artístico, el cual aseguró utilizaba desde antes de contraer matrimonio hace 29 años con la madre de dos de sus tres hijos.

“No puede convenientemente olvidarse o dejar de considerarse que el nombre de Daddy Yankee lo utilizaba el demandante previo a su matrimonio, por lo que es un bien privativo y personalísimo”, expresaron los abogados Carlos E. Díaz Olivo, José A. Cuevas Segarra, Anabelle Torres Colberg y Heileene Colberg Birriel, representantes legales del “Big Boss”.


De acuerdo a los abogados, la apropiación de los derechos que corresponden al exponente urbano y la exclusión empresarial de la que es y ha sido objeto, afectó y afecta la estabilidad y desarrollo normal de sus actividades artísticas, su buen nombre e imagen, y el ejercicio libre de su carrera y profesión.

“Esto ha incidido en que pudiera continuar ofreciendo sus servicios como artista para sus propias entidades. Y en el subsiguiente se dice que menoscaba su buen nombre y prestigio”, añadieron.

© 2026 Panorama
To top