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Cuevas del Pomier: un triunfo del empoderamiento social y la conservación

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Por Nelson Pimentel

Panorama Opinión. La reciente rendición de cuentas del Presidente de la República ante la Asamblea Nacional marcó un hito en la defensa del patrimonio natural y arqueológico del país: la prohibición irrevocable de la minería en las Cuevas del Pomier y su entorno. Esta medida representa un paso fundamental en la preservación de uno de los tesoros ambientales más importantes del Caribe y sienta un precedente en la lucha por la protección de nuestros recursos naturales.

Desde la Fundación de Derecho, Defensa y Educación Ambiental de la República Dominicana (FUDDEA-RD), celebramos esta decisión y reconocemos el compromiso de las autoridades nacionales y de los funcionarios oriundos de San Cristóbal, quienes han desempeñado un papel clave en la defensa del Pomier. Su participación activa ha sido esencial para visibilizar la gravedad de la situación y exigir medidas concretas.

Una prohibición necesaria, pero no suficiente

Si bien esta decisión es un avance significativo, es importante recordar que la explotación minera en las Cuevas del Pomier ya estaba prohibida por normativas como la Ley No. 64-00 de Medio Ambiente, la Ley No. 202-04 de Áreas Protegidas y el Decreto No. 233-96, que declaró la zona como Reserva Antropológica. Sin embargo, durante años estas regulaciones fueron ignoradas, permitiendo la destrucción progresiva del área con impunidad.

Mangosta, también conocida como hurón

El verdadero desafío ahora es garantizar que esta nueva prohibición se cumpla de manera efectiva. La experiencia ha demostrado que las leyes, sin mecanismos claros de fiscalización y sanción, resultan ineficaces. La protección de las Cuevas del Pomier no solo exige vigilancia y restauración, sino también la judicialización de quienes han permitido su deterioro.

Justicia ambiental: una deuda con el Pomier

El daño ecológico y patrimonial causado en las Cuevas del Pomier no puede quedar impune. La Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así como la Procuraduría General de la República deben actuar con firmeza y someter a la justicia a los responsables, tanto en el sector privado como en el público.

El Artículo 183 de la Ley No. 64-00 establece sanciones contra quienes atenten contra los ecosistemas, mientras que los artículos 174 y 175 del Código Penal Dominicano penalizan la destrucción de áreas protegidas. Tanto las empresas involucradas como los funcionarios que, por acción u omisión, permitieron la degradación de este patrimonio deben rendir cuentas ante la justicia.

Asimismo, el Estado debe aplicar el principio de: «quien contamina, paga», obligando a las empresas responsables a asumir los costos de restauración ambiental y compensación por los daños causados. Entre las medidas necesarias se incluyen:

  1. Remediación y restauración inmediata del ecosistema, bajo supervisión de expertos y organismos ambientales.
  • Indemnización por los daños ecológicos y patrimoniales causados a la nación.
  • Cumplimiento del Artículo 117, Párrafo II, de la Ley No. 64-00, que obliga al pago del 5% de los ingresos generados por la explotación minera a favor de los municipios afectados.

El incumplimiento de estas responsabilidades solo perpetuaría la impunidad y enviaría un mensaje erróneo sobre el compromiso del Estado con la justicia ambiental.

La protección debe extenderse a todo el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP)

El caso de las Cuevas del Pomier no es aislado. Otras áreas protegidas del país enfrentan amenazas similares debido a la falta de aplicación efectiva de las leyes ambientales. Por ello, la decisión de prohibir la minería en el Pomier debe ser el primer paso hacia una política ambiental más amplia y rigurosa que garantice la protección integral del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Es fundamental que el Estado refuerce la aplicación de las leyes ambientales en todo el SINAP, estableciendo controles más estrictos, sanciones efectivas y una fiscalización constante para evitar que otras reservas naturales sean objeto de degradación por intereses económicos. La riqueza natural del país no puede seguir siendo vulnerada por la negligencia institucional o la falta de voluntad política.

Más que un anuncio: un compromiso con el futuro

Para evitar que la inacción estatal permita nuevas violaciones ambientales, la prohibición de la minería en el Pomier debe ir acompañada de mecanismos efectivos de fiscalización y control. Entre las acciones urgentes destacan:

  • Aplicación estricta de la legislación ambiental con sanciones ejemplares a los infractores.
  • Fortalecimiento del régimen de consecuencias, eliminando la impunidad para quienes violen las normativas ambientales.
  • Monitoreo y supervisión constante para prevenir futuras violaciones.
  • Participación activa de la comunidad y organizaciones ambientales en la protección del Pomier y de todas las áreas protegidas del país.

La sociedad debe mantenerse vigilante

La ciudadanía no puede bajar la guardia. La historia ha demostrado que los intereses extractivistas no descansan y que, sin una vigilancia activa, las decisiones políticas pueden ser revertidas o quedar en el olvido.

El anuncio presidencial debe marcar el inicio de un compromiso sostenido con la protección efectiva del Pomier y de todas las áreas protegidas del país. Es responsabilidad de todos exigir que esta prohibición se traduzca en acciones concretas que aseguren la preservación de nuestro patrimonio natural y cultural para las futuras generaciones.

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